jueves, 14 de agosto de 2014

“LA REBELION, SEDICION Y EL DERECHO DE INSURGENCIA”


Hace unos días, en una discusión con amigos, el tema giraba en el derecho a la insurgencia, sedición y rebelión; conceptualmente no había acuerdos, así que decidí realizar este pequeño artículo aclarando estas dudas:
rebelion.-
Por cuestiones etimológicas el término rebelión deriva del latín “rebellio” o “rebellionis” (re: de; bellium: guerra). No obstante, la doctrina la define como rebelión propia siendo la conducta punible de mayor afectación al régimen constitucional, y el más grave de su especie. Para (GARCÍA NAVARRO, 2013)Se constituye en un alzamiento armado que tiene por objetivo el cambio del régimen político-constitucional, violentando con ello los principios constitucionales vigentes y desconociendo la autoridad gubernamental y sus atribuciones (Poderes del Estado)”.
La rebelión, por lo tanto, es un rechazo a la autoridad que puede ir desde la desobediencia civil hasta la resistencia armada. El término se utiliza como sinónimo de sedición, motín, levantamiento o revuelta, aunque cada uno tiene sus propias particularidades.
sedicion.-
Para (Definicion.de, 2010)La Sedición, un término que deriva del latín seditĭo, es un levantamiento grupal  contra los gobernantes, las autoridades o el orden vigente. Por lo general, se considera la sedición como un movimiento o una actitud que tiene una gravedad menor que una rebelión o una revolución. Fomentar organizaciones que se oponen a la autoridad, promover la resistencia al poder y realizar discursos públicos en contra del orden establecido son algunas acciones típicas de la sedición. Estas prácticas pueden considerarse como un delito dependiendo el contexto y la legislación de cada país. De esta manera, hay que decir que las manifestaciones pacíficas, los actos de protesta y el ejercicio de la oposición política no suelen considerarse como actos de sedición ni acciones ilegales en los regímenes democráticos”.
Los antecedentes más remotos del delito de sedición se adscriben a tiempos del Derecho Romano, donde los actos de levantamiento insubordinado de un grupo de individuos contra la potestad de la magistratura eran objeto de punibilidad especial. Se asemejaban e identificaban a los actos sediciosos bajo el término de asonadas en las VII Partidas. La Nueva Recopilación mencionaba en su Título XI actos punibles de juntas tumultuarias para ejercer violencia contra el orden público. Las legislaciones antiguas no distinguían claramente la sedición del motín, configurando en sus leyes una mixtura de estructura de estos delitos. Actualmente, algunas legislaciones como la española no hacen distinción de estos delitos, sólo ubican a la sedición dentro del rubro de los delitos contra el orden público, pero en la estructura de la acción delictiva se resalta como primordial característica la ejecución tumultuaria, que de acuerdo a nuestro Código Penal es propia del delito de motín. Otras legislaciones como la argentina -en similar situación que la nuestra- distinguen sin problemas ambas figuras delictivas conforme a su tratamiento punitivo.
Otro problema que hay que rescatar es la distinción entre el delito de sedición con el delito de rebelión. El texto penal del artículo 347 expresa un factor distintivo lo que permite concluir que en la sedición los agentes delictivos se alzan sin desconocer al gobierno legalmente constituido; en la rebelión, no. Los fines delictivos de la rebelión responden a una naturaleza contraria a una aceptación a la autoridad legal, por el contrario en la sedición los fines típicos se configuran en base a no desconocer a la autoridad legal. Es por ello que se ha denominado en la doctrina a la sedición como una “rebelión en pequeño” en el sentido de la menor entidad de los fines ilícitos perseguidos, como además se le ha estimado como un factor negativo y subsidiario respecto al tipo penal de rebelión. Sobre ello, CUELLO CALÓN en (GARCÍA NAVARRO, 2013) establece que en “la rebelión el alzamiento va dirigido directamente contra los poderes del Estado, es un alzamiento hostil al gobierno, mientras que la sedición el alzamiento no es de hostilidad directa contra el  gobierno, sino más bien contra ciertas autoridades del Estado o clases sociales, o tiende a privar a éste o a las corporaciones públicas o a ciertas clases de personas de sus bienes o a destruirlos”. Por su parte, MUÑOZ CONDE (Muñoz Conde, Francisco, 2001) señala que “en cierto modo la sedición es una rebelión en pequeño, pero desprovista del contenido político de este delito y, por tanto, mucho menos grave o, por lo menos, inquietante para el Poder constituido y para las Instituciones políticas fundamentales del Estado”.
insurgencia.-
El derecho de insurgencia es un mecanismo previsto constitucionalmente para la defensa de la democracia. La actual Constitución de 1993 reconoce expresamente dicha facultad en su artículo 46º, segundo párrafo, el cual señala lo siguiente: “La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional…”.
Para (Medina Otazu, 2012) la “insurgencia es un derecho ciudadano reconocido por las mayorías de las constituciones democráticas del mundo. Se aplica cuando el pueblo considera que una autoridad u otro grupo le han usurpado el poder. Usurpar viene de la voz latina usurpare y significa apoderarse de una propiedad o de un derecho que legítimamente pertenece a otro. La moderna teoría de la insurgencia se inicia con la obra del filósofo inglés John Locke. El pueblo insurge contra la autoridad usurpadora que se ha rebelado contra él al no cumplir con el ordenamiento normativo que es la esencia de un gobierno civil”.
El derecho a la resistencia pretende como fin último mantener la forma de gobierno de la sociedad política, el respeto a la formalidad de cómo deben ascender los gobernantes al gobierno, la vigilancia de que las autoridades sólo ejerzan autoridad hasta donde están autorizados y que no vulneren las leyes fundamentales del acuerdo societario que es la preservación de la vida, propiedad y libertad. El derecho a la resistencia sólo se puede ejercer dentro de la sociedad política, porque lo que pretende justamente la resistencia es la vigencia del derecho y que siempre exista una autoridad que resuelva los conflictos respetando la ley.
Para (Locke, 1983)Si una autoridad no respeta o violenta la ley, entonces deja de ser autoridad y se convierte en una persona particular como cualquier otra, porque su designación de autoridad habría desaparecido por su comportamiento contrario a la sociedad”.
BIBLIOGRAFIA
Definicion.de. (15 de 10 de 2010). Recuperado el 14 de 08 de 2014, de http://definicion.de/sedicion/#ixzz3ANXhZ1BV
GARCÍA NAVARRO, E. (15 de Octubre de 2013). Estudio Ore Guardia. Recuperado el 05 de Agosto de 2014, de www.oreguardia.com.pe
Locke, J. (1983). Ensayo Sobre el Gobierno Civil. España: Ediciones Orbis S.A. Aguilar editor.
Medina Otazu, A. (20 de 02 de 2012). LOS ORÍGENES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA INSURGENCIA A TRAVES DE UNA ANÁLISIS DEL DERECHO A LA RESISTENCIA EN EL FILÓSOFO JOHN LOCKE. Lima, Lima, Peru.
Muñoz Conde, Francisco. (2001). Derecho Penal, Parte Especial 13a Ed. Valencia: Titant lo Blanch.


miércoles, 6 de agosto de 2014

COACHING

COACHING


La historia del Coaching comenzó a moldearse hace miles de años en la antigua Grecia y uno de sus precursores fue, nada más ni nada menos que, Sócrates. El filósofo utilizaba con sus discípulos un método, que promovía el empleo del diálogo para llegar al conocimiento.

Se sentaba a conversar con ellos y, a punta de hacerles preguntas, al final lograba sacar a relucir los conocimientos que tenían dentro. De forma muy romántica, lo bautizó Mayéutica, que en griego significa partera, para simbolizar que él también ayudaba a dar a luz. En su caso no a un niño, sino a la verdad que hasta ese momento había permanecido oculta. 

Ese mismo método es el que los coaches usan para ayudarte a descubrir las respuestas que están en tu interior. Al fin y al cabo cada quien conoce mejor que nadie sus asuntos y un coach solo sirve de medio para exteriorizar las respuestas. 

A continuaciones algunas definiciones al respecto:

Para (Murillo, 2010)Podemos entender como Coaching Empresarial a la asesoría orientada a promover y estimular el desarrollo y realización personal de un individuo y organización, el objetivo principal es el manejo, prevención y superación de conflictos mediante un proceso interactivo. Este proceso solo puede ser efectivo si se cumplen las condiciones de voluntad, discreción, neutralidad, aceptación y poner en práctica los consejos. El objetivo del Coaching Empresarial es ayudar o asistir al ejecutivo empresarial o directivo, para que de esta manera logren aflorar en ellos todo el potencial personal y profesional, de esta forma aprenderán a solucionar, por sí solos, los eventuales problemas, transmitiendo a sus trabajadores este sistema de trabajo, con el objeto de obtener cambios favorables en facturación, número de clientes y eficacia. El Coaching Empresarial nos ofrece claridad y acción para el enfoque del objetivo, centrándose en los aspectos que necesita la Empresa e incidiendo donde sí se puede intervenir, creando una estructura de apoyo que logre implementar los cambios necesarios”.

Según  (Quees.la, 2011)   “El término coaching procede del verbo inglés to coach cuyo significado es entrenar. Su etimología, sin embargo, no está relacionada con el inglés sino con el húngaro. Proviene de “kocsi szekér” o “carruaje de Kocs” que era el medio de transporte, símbolo de la excelencia de los siglos XV y XVI que tenían un sistema de suspensión que hacía muy cómodo el viaje. Kocs es la ciudad húngara que se convirtió en parada obligada para los viajeros entre Viena y Budapest donde tomaban este carruaje. La palabra kocsi pasó al alemán como kutsche, al italiano como cocchio, al inglés como coach y al español como coche. Se puede considerar que el concepto de este vocablo está relacionado a la herramienta o útil para llegar a destino. En su origen, de un lugar geográfico a otro; en la actualidad, de una situación a otra, de una habilidad a otra, etc”.

Para (Rodriguez, 2010)El Coaching consiste en acompañar a personas o grupos en la consecución de sus objetivos, y más específicamente, en el éxito de su evolución personal, profesional y espiritual. Un acompañamiento de Coaching se compone de una serie de entrevistas estructuradas a modo de intercambio. En estas entrevistas aparecen un conjunto de elementos concurrentes tales como: confianza, autenticidad, desafío, aprendizaje de los errores y de los éxitos, apoyar los puntos fuertes y los talentos para elaborar estrategias y planes de acción que finalmente alentarán, valorarán y apoyarán a la persona. Esta combinación particular de elementos va a permitir a la persona que recibe coaching ir más lejos en la consecución de sus objetivos de lo que hubiese conseguido sola...”

La traducción literal de Coach es “entrenador” y por lo tanto su misión es la misma que la de cualquier otro entrenador: Ayudar a la persona con la que trabaja a dar lo mejor de sí mismo, en pro de alcanzar una meta. Los entrenadores más conocidos son los deportivos, que por siglos se han encargado de potenciar las destrezas y talentos de los atletas, para que éstos obtengan sus medallas.  Los grandes jugadores de fútbol, los golfistas o los tenistas más destacados, todos sin excepción, tienen un entrenador que los hace excelentes y sin el cual, sus rendimientos no serían tan altos. De igual forma, un Coach te ayuda a mejorar tu rendimiento en todo tipo de actividad, y a alcanzar las metas que te pongas por delante. No importa si tus objetivos son en el plano personal, empresarial, profesional o espiritual. 
El objetivo dentro del coaching empresarial es que los directivos, a través del coach, sean capaces de sacar sus habilidades al exterior. Muchas veces no somos conscientes del potencial interior que podemos desarrollar, la labor del coach es que la persona sea capaz de descubrir esas habilidades y las potencie para conseguir una mejora en la capacitación profesional. Si partimos del origen deportivo del concepto, igual que tras todo deportista de élite existe un profesional, en la sombra, que le ayuda a mejorar y alcanzar sus metas, en el mundo empresarial, el coach estará detrás del directivo para que explote sus facultades y habilidades de la misma manera.
La labor del coach no es dar consejos, el coach escucha a su pupilo y hace de espejo para que sea el propio cliente el que sea capaz de obtener esos resultados. El trabajo del coach se centra, no tanto en los problemas del cliente, si no en las oportunidades de mejora que se deben de aprovechar.
¿Es útil este sistema para el desarrollo de las habilidades directivas? Mi opinión es, como casi siempre, depende. Depende de la voluntad de mejora del cliente y de la capacidad del coach. En este caso el coach en como el médico, el mejor especialista del mundo puede no ser bueno para nosotros si no es capaz de dar con la solución a nuestro problema. La valoración de este sistema, depende como siempre del resultado obtenido.

Bibliografía virtual

Murillo, V. (25 de Abril de 2010). Coaching empresarial consultora. Recuperado el 31 de Julio de 2014, de http://consultorescoachingempresarial.blogspot.com/2010/04/definicion-y-que-es-el-coaching.html
Quees.la. (05 de Junio de 2011). Quees.la. Recuperado el 31 de 07 de 2014, de http://quees.la/coaching/
Rodriguez, B. (10 de 01 de 2010). SALUDTERAPIA. Recuperado el 31 de Julio de 2014, de http://www.saludterapia.com/articulos/glosario/d/13-coaching.html#ixzz39B69mIVJ


domingo, 3 de agosto de 2014

Entre brujos y desorientados

Excelente columna de Jose Garrido  (Director de Peru21) del día de hoy:

Juan José Garrido,La opinión del director

Entre brujos y desorientados


Parte importante del impulso científico y epistemológico histórico reside en el debate, en el intercambio abierto de opiniones y puntos de vista sobre una materia o hecho. No contamos, en el Perú, con una cultura propicia para el debate. Sin embargo, la academia, el epicentro del avance científico, es proclive al mismo.
No es un hecho moderno, sin dudas; la antigua Grecia deliberaba sus posiciones políticas, sociales y culturales bajo el amplio intercambio de ideas. Al método socrático también se le conoce como debate socrático. Y es que de eso se trata la búsqueda del conocimiento: de revisar premisas, reflexionar sobre nuestras creencias y puntos de vista, de argumentar alejados de las pasiones.
La economía, en su desarrollo como ciencia, no es ajena al debate; entre ellos, sin duda, hay pocos más importantes –por sus implicancias teóricas en parte, pero en mayor medida por sus consecuencias políticas– que aquel basado en las ideas de dos grandes economistas: el británico John Maynard Keynes y el austriaco Friedrich Von Hayek. Para muchos es, como lo definió Nicholas Wapshott, el encuentro que definió la economía moderna. Significó, en el tiempo, mucho más que eso.
El debate Keynes-Hayek no fue presencial; de hecho, no existió como tal. Fue un ejercicio que llevaron a cabo sus discípulos (y otros intelectuales de su época) y que sigue hasta el día de hoy. Los actuales intercambios entre los economistas Robert Barro y Paul Krugman, el primero a favor de la austeridad y el segundo del estímulo, están basados en dicho debate ideológico. Y digo ideológico porque ni las ideas de Keynes son científicas ni Hayek hubiese permitido el uso del mote para referirse a sus ideas.
Hasta la “Teoría general del empleo, el interés y el dinero” de Keynes, la economía había transitado bajo un método (el estudio de la acción humana respecto a los intercambios basado en la deducción lógica de ciertos axiomas de dicha acción), y el uso del mismo era primordialmente con fines explicativos, no propositivos. La generalización de teorías, basada en constructos matemáticos y el uso de data, era muy reciente.
En sencillo, Keynes proponía una salida “sin costos sociales” a las recesiones económicas. Hasta Keynes, la respuesta a toda crisis económica partía por asumir la necesidad de un reajuste de la economía a fin de liquidar las distorsiones –aquellas que originaron la crisis– y reasignar los recursos y el capital hacia mejores fines. Keynes, en su obra, plantea el uso del gasto público (deuda o maquinita) para poner en acción los recursos disponibles (ociosos) en la etapa recesiva. La intervención será necesaria, en dicha visión, incluso en momentos deficitarios, léase, aquellos donde los ingresos del Estado no cubren los gastos del mismo.
Como bien sostiene William Hutt en la crítica “El episodio keynesiano”, las implicaciones de políticas públicas parecen seguir el atractivo político que se deriva de ellas. Y es que, en recesión, no hay nada más seductor para el gobernante y burócrata de turno que ofrecer la culminación de los males por medios del gasto fiscal, sin importar el déficit (a veces estructural) en el que se encuentre el Estado. Los problemas que se derivan de esta premisa, como bien planteó Hayek (y otros economistas de dicha escuela), son múltiples: en primer lugar, de dónde saldrá el dinero; en segundo, quién determina adónde deben asignarse los “nuevos” recursos fiscales; en tercer lugar, el problema del costo moral; y, así, distintos matices que a Keynes y sus seguidores parece no preocuparles.
En el Perú de hoy no tenemos déficit fiscal; en principio, no es –ni por asomo– necesaria una intervención keynesiana. Es un disparate, propio de analistas guiados por el corto plazo, políticos populistas y medios que no entienden ni la propuesta ni las consecuencias de la misma.
Nuestra desaceleración no requiere de un episodio keynesiano, sino de dos cosas mucho más sencillas: confianza y consistencia. Confianza en el gobierno, lo que implica un solo discurso y una sola línea de acción. Consistencia en el actual modelo: nuestra economía se expande porque los recursos son asignados eficientemente por el mercado; la intromisión del Estado para definir ganadores no solo es inmoral, sino inadecuada.
En estricto y bajo un cuidadoso análisis, los ministros Castilla y Ghezzi estarían de acuerdo con esto. Hoy cubren espacios políticos, razón por la cual estarán, imaginamos, más abiertos a soluciones menos ortodoxas. Lo que sí consideramos necesario es tener cuidado con el lenguaje, no vayan a dejarnos después –en efecto– entre brujos y desorientados.

http://peru21.pe/impresa/entre-brujos-y-desorientados-2194435